El compromiso de proteger y garantizar los derechos humanos es un mínimo civilizatorio irrenunciable para la sociedad y el Estado Moderno. En el escenario actual, con la crisis económica y social desatada por la desigualdad, la pandemia y el cambio climático, se erige como un objetivo central para los gobiernos del siglo XXI.
En ese marco, la Convención Constitucional tiene la oportunidad de dotar de mayor fuerza normativa a instituciones indispensables para ello, como lo es el INDH, que hoy, solo tiene rango legal.
A una década de su creación, sin perjuicio que ha tenido avances en materia de protección de derechos humanos, es indudable que tiene déficit que deben ser abordados, tales como: tener mayor fuerza para que sus recomendaciones sean cumplidas por los órganos del Estado, que la composición de su órgano directivo garantice experiencia, conocimiento, que la diversidad de las fuerzas sociales y pueblos se encuentren debidamente representadas, que cuente con herramientas jurídicas para el litigio estructural y que contribuya a la implementación de una cultura respetuosa de los derechos humanos.
Es de esperar que esta discusión sea abordada con profundidad por la Convención, teniendo en cuenta la importancia de que la institución autónoma de derechos humanos esté expresamente consagrada en la Constitución, teniendo como centro la interdependencia e interseccionalidad de los derechos humanos y la necesidad de contar con una institucionalidad adecuada para el siglo XXI.
Consuelo Contreras, Fundadora y Directora Ejecutiva de Corporación Opción