Derechos Humanos y el deber del Estado

Hoy más que nunca es importante recordar que, tal como lo ha consagrado el derecho internacional, en la protección y garantía de derechos humanos existe un único obligado: el Estado. No corresponde confundir la protección de los derechos humanos con la socialización, a través de la cual las personas aprenden las normas y valores de la sociedad en que viven y donde, evidentemente, se desprenden deberes según cada etapa de desarrollo. Pero, aun así, de este proceso no se sigue que los derechos fundamentales dependan de una conducta determinada.

Lo anterior nos recuerda que el fundamento de los derechos humanos es que operan como un límite y una protección frente al poder estatal, y por lo mismo, son inherentes, indivisibles, inalienables e irrenunciables, y todas las personas son titulares de ellos, sin distinción de sexo, etnia o cualquier otra condición.

Es importante destacarlo, porque quienes abusan y violan derechos suelen culpar a la víctima por ello: estaba infringiendo la ley, por eso lo torturé; llevaba la falda corta, por eso se expuso a la violación; y así una larga lista de ejemplos, donde se intenta sostener que la protección de derechos implica el cumplimiento de determinados deberes.

En este marco de cosas, es crucial relevar que los defensores de derechos humanos defendemos derechos, obligaciones jurídicas vinculantes para el Estado; no valores, que pertenecen a la esfera individual de cada uno. Hacemos exigencias a los órganos del Estado y sus actores en el marco de esas obligaciones, no a partir de sus concepciones morales. Por lo mismo, nadie está llamado a ser héroe, sino simplemente a hacer lo que el ordenamiento jurídico le mandata.

*Consuelo Contreras, Fundadora de Corporación Opción y Consejera del INDH