Abogada de PRJ Iquique asume como curadora Ad Litem en caso de femicidio y parricidio en Tarapacá

A principios de enero, la noticia de un femicidio, un parricidio y un homicidio frustrado a manos de un mismo hombre conmocionó a la opinión pública. El incidente -que tuvo lugar en el poblado de Sibaya, al interior de la Región de Tarapacá- tuvo como responsable a Ángelo Vargas Bugueño (34), quien asesinó de forma violenta a su cónyuge, Ariana Bravo Aracena (29) y a su hijo de 4 años. La única sobreviviente del hecho fue la hija menor, de dos años de edad. Además, a raíz del hecho, otro niño (de iniciales A.F.M) resultó con lesiones de carácter grave.

Con fecha 13 de enero, el Juez de Garantía accedió al requerimiento del abogado defensor de Vargas Bugueño, en el que se solicitó la suspensión del procedimiento, con el objetivo de internar al detenido en la Unidad de Psiquiatría Forense Transitoria del Penal Arica para evaluar la posible imputabilidad del acusado, apelando a un supuesto “brote esquizofrénico”.

En la instancia compareció Nicole Gatica, abogada del Programa de Representación Jurídica (PRJ) de Iquique, quien asumió la representación de la hija menor de la familia, a fin de determinar su cuidado personal provisorio; y de la víctima de homicidio frustrado de dos años de edad (A.F.M), cuya audiencia preparatoria se desarrollará hoy en causa proteccional, para los efectos de derivar al niño y su familia a reparación psicológica.

Cabe señalar que el objetivo del PRJ es facilitar el acceso a la justicia a los niños, niñas y adolescentes víctimas de vulneraciones graves en sus derechos, mediante la representación jurídica de los mismos ante Tribunales de Familia, Tribunales con competencia en lo penal y Tribunales Superiores de Justicia, según corresponda. En este marco, las vulneraciones constitutivas de delito que califican como causal de ingreso al PRJ, serán:

– Abuso sexual propio e impropio y/o agravado

– Otros delitos contra la indemnidad sexual (violación, estupro, exposición a niños/a a actos de significación sexual, entre otros)

– Maltrato físico grave (lesiones graves y menos graves).

– Maltrato psicológico, solo en contexto de VIF. (delito de maltrato habitual).

*NOTA: Hoy (14 de enero) se presentará querella en representación de ambos niños, a fin de recurrir la resolución del Tribunal de Garantía, y perseguir la responsabilidad penal del imputado.